Amigos, cambiemos de tema: vamos a mirar los pequeños descuidos de los redactores que generan problemas, una vez la formalidad de la publicación, se ha cumplido.La ley 1620 de 2013, que venimos analizando, no incluyó el artículo 11; sin embargo, los artículos 17 y 18 que establecen responsabilidades para las instituciones educativas y para los docentes y rectores lo remiten como si existiera en el texto de la ley observemos:
"ARTíCULO 18. Responsabilidades del director o rector del establecimiento
educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para
los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes
responsabilidades:
1) Liderar el comité ,escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los
artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley. [...]"
Por su parte, en el articulo 17 numeral 2 impone como obligación la siguiente:
"2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley."
"2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley."
Fíjense en el descuido; si el artículo 11 no existe, ¿Cómo lo escriben como un mandato? Si ustedes consultan la Ley 1620 de 2013 que aparece en varias publicaciones, no se entiende el problema porque simplemente se pasa del artículo 10 al 12, por lo cual el lector cree que se presentó un error de transcripción. Solamente la página de la Secretaría del Senado aparece el artículo 11 y señala: "texto no incluido en el documento oficial".
Ante este vacío, nos podemos preguntar ¿Cuál es el deber de las instituciones educativas y rectores? ¿obedecer el artículo 11 que no existe?. Parece una broma, pero amigos la ley es cosa ¡seria!.
Muchos de ustedes evocaran el tiempo en que no existían los computadores y recordaran a las personas que mecanografiaban,ellas eran más meticulosas y eso que debían pasar largas horas frente a una máquina de escribir que no les permitía corregir. Hoy en el siglo XXI no hay derecho, deshilemos entre todos este lío. ¿Qué opinan ustedes?
Muchos de ustedes evocaran el tiempo en que no existían los computadores y recordaran a las personas que mecanografiaban,ellas eran más meticulosas y eso que debían pasar largas horas frente a una máquina de escribir que no les permitía corregir. Hoy en el siglo XXI no hay derecho, deshilemos entre todos este lío. ¿Qué opinan ustedes?
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